¿QUE ES EL REGISTRO NACIONAL DE CONTRIBUYENTES?
La
ley establece que todas las sociedades deben solicitar al momento de su
constitución, Modificación, disolución y/o Fusión, una autorización ante la
DGII. Así mismo, toda sociedad debe
solicitar su inscripción en el Registro Nacional de Contribuyentes. A estos
fines, el área de Registros de compañías es la encargada de entregar el Número
de Registro Nacional de Contribuyentes (RNC), y de autorizar el depósito de los
documentos necesarios ante los Tribunales. El Registro Nacional de
Contribuyentes (RNC) surge con la Ley No. 53 del 11 de noviembre de 1970, con
el fin de establecer una numeración común para la liquidación o pago de los
diferentes impuestos, contribuyentes, derechos y tasas.
¿QUIENES DEBEN INSCRIBIRSE
EN EL RNC?
Registro
Nacional de Contribuyentes: Es el número otorgado por la DGII, que sirve como
código de identificación de los contribuyentes en sus actividades fiscales y
como control de la Administración para dar seguimiento al cumplimiento de los
deberes y derechos de éstos. . Están obligadas a inscribirse en calidad de
contribuyentes o responsables: Las Personas Físicas. Las Personas Jurídicas.
SANCIONES SI NO USA EL RNC?
Notas: Los comprobantes que no tengan impresos
el número de RNC. No podrán ser utilizados como deducibles del ISR ni como
adelantado. De ITBIS en compras locales.
¿DÓNDE DEBE USARSE EL RNC? El
número de RNC debe aparecer registrado en todos los materiales impresos que el
contribuyente utilice en sus operaciones, tales como: Papeles con membretes, Facturas
o cheques, Órdenes de compra o pedidos, Y cualquier otro tipo de formularios o
documentación. COMPROBANTES FISCALES DECRETO No. 254-06, que Establece el
Reglamento para la Regulación de Impresión, Emisión y Entrega de Comprobantes
Fiscales.
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Corelo El Campeador